En este espacio vas a poder encontrar los derechos que todos debemos saber, porque conociendo tus derechos nadie te puede hacer creer que no los tenes.
HISTORIA SOBRE NUESTROS DERECHOS
En Argentina en marzo de 1981, durante el gobierno de facto, que fue un momento en el país donde se recortaban los derechos de las personas, fue sancionada y promulgada por Videla y Martínez de Hoz la Ley 22.431…
La misma dio un marco inicial y legal para calificar la discapacidad, desde una mirada médico – rehabilitador, y sentó las bases para intervenir en la inclusión laboral, trabajo, educación y servicios prestacionales de las personas con discapacidad, a su vez encuadró el formato para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (en adelante CUD).
A lo largo de la historia el enfoque sobre las personas con discapacidad (PCD) fue evolucionando, según diversos autores, Amartya Sen[1] o Agustina Palacios[2]; distinguen tres modelos:
- El modelo de la prescindencia, que tuvo sus orígenes en la antigüedad y edad media en Occidente, consideraba que las causas de la discapacidad respondían a un motivo religioso.
Las PCD eran percibidas como una carga familiar y social y se las consideraban como no merecedores de la vida ya que por su deficiencia no estaban en condiciones de aportar nada a la comunidad, siendo la exclusión social o directamente su supresión física la consecuencia de dicha discapacidad.
- En la Edad Moderna surge el modelo médico o rehabilitador donde la discapacidad obedece a causas individuales y médicas y consecuentemente toda PCD debe ser rehabilitada de modo que pueda ejercer normalmente su función en la sociedad y logren asimilarse a las demás personas (válidas y capaces) en la mayor medida posible.
El auge fue en la década de los 60´, a las PCD se las considera como un problema, reduciendo su subjetividad a su deficiencia y exigiendo que sean ellas las que deben adaptarse al mundo.
- En la actualidad, se está transitando el camino hacia un modelo social que considera que el origen de la discapacidad obedece a causas preponderantemente sociales, se basa en una nueva forma de pensar y entender.
El modelo social surgió hacia fines de la década del 60´ a partir de la lucha de las propias PCD y de organizaciones sociales que trabajaban en pos de los derechos del colectivo y que se unieron para corregir el estatus que tenían de “ciudadanos de segunda clase”.
En dicho enfoque se reconoce a las PCD como sujetos de derechos y propone respuestas para la sociedad en su conjunto. Sienta sus bases en los derechos humanos, la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
En resumen, el modelo social aboga por la normalización de la sociedad, de manera que ésta llegue a estar pensada y diseñada para atender las necesidades de todos
En noviembre de 1997 se sanciona la Ley 24.901 que instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las PCD, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el fin de brindar una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Si bien la ley es a nivel Nacional, las provincias al ser autárquicas se fueron adhiriendo en distinto momento, tal es así que aun hoy tanto Santiago del Estero como Tierra del Fuego no lo han realizado.
En la misma, se menciona las prestaciones básicas aprobadas; tales como: Estimulación Temprana, Educación Inicial, Educación General Básica, Educación Secundaria, Formación Laboral, Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico, Centro de Rehabilitación Psicofísicas, Rehabilitación Motora, Rehabilitación Sensorial, Residencias, Pequeños Hogares y Hogares.
El 13 de diciembre de 2006 se aprueba La Convención internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; ratificada por Argentina en 2008; retoma los principios del modelo social.
Participaron Estados miembros de la ONU, Observadores de la ONU, Cuerpos y organizaciones importantes de la ONU, Relator Especial sobre Discapacidad, Instituciones de derechos humanos nacionales, y Organizaciones no gubernamentales, entre las que tuvieron un papel destacado las organizaciones de personas con discapacidad y sus familias.
[1] Amartya Sen; La discapacidad dentro del enfoque de capacidades y funcionamientos; Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades ; 2008.
[2] Agustina Palacios; El modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; 1era Ed, Madrid; octubre 2008
LEYES
Ley 22.431 Sistema de protección integral de los discapacitados
Ley 24.901 Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad
LEY 26.378 CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CDPCD)
DE FÁCIL
LECTURA
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ORGANIZACIÓN NACIONES
UNIDAS (ONU)
UNIDAS (ONU)
EN
PICTOGRAMAS
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¿QUE ES EL CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD (CUD)?
A través de la Disposición Nº 20/2.016 del Ministerio de Salud de la Nación, a principios del año 2016 se publicó en el Boletín Oficial la aprobación del nuevo procedimiento de Solicitud del Certificado Único de Discapacidad (CUD)